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ACCIÓN DE GRUPO 

 

Estimados Compradores:

Defender los derechos adquiridos de compradores y constructores es una lucha que no termina y en la que hemos enfocado todos nuestros esfuerzos.

Dar cuenta de un proceder ético, en el que se dio siempre cumplimiento a la normatividad local y nacional, es el motor que nos lleva hoy a presentarles una opción de actuación conjunta, compradores-constructores, con el propósito de buscar el resarcimiento de los perjuicios causados por el Estado colombiano a través del Ministerio de Cultura, el Distrito de Cartagena y la Rama Judicial.

1. ¿En qué consiste la Acción de Grupo?
 

Es una acción o mecanismo de orden judicial interpuesto por un grupo de personas (mínimo 20) que comparten condiciones uniformes respecto de una misma causa que les originó perjuicios individuales. Se ejerce exclusivamente para obtener el reconocimiento y el pago de indemnización por dichos perjuicios. Se interpone una demanda ante un Juez competente.

2. ¿Qué entidades serían demandadas?
 

La Nación - Ministerio de Cultura y el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias
 

3. ¿Cuándo deberá presentarse?
 

La demanda debe promoverse dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha en la cual se causó el daño. En nuestro caso, se sostiene que el daño causado a compradores y constructores ha sido continuado, dada la imposibilidad de los compradores de acceder a las viviendas, por cuenta de las actuaciones/omisiones de las entidades demandadas.

 

4. ¿Ante quien se tramitará?
 

Ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, dado que la parte demandada está conformada por entidades públicas.Específicamente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en primera instancia, teniendo en cuenta el domicilio de La Nación – Ministerio de Cultura (Arts. 51 de la Ley 472 de 1998 y 152 de la Ley 1437 de 2011)

5. ¿Qué se pretende con esta acción de Grupo?

 

Con esta Acción de Grupo se pretende una declaratoria de responsabilidad patrimonial por parte del Estado y un reconocimiento y pago de indemnización de los perjuicios causados al grupo.
 

6. ¿Cómo se pueden vincular los compradores?

 

  • Notificación: Los compradores interesados deben manifestar su interés antes del 15 de julio de 2021, a través de los canales que les notificará el equipo jurídico del proyecto.
     

  • Protocolo: Los vinculados recibirán un protocolo por correo electrónico con la información requerida para el efecto, como son los documentos de identificación, tasación de perjuicios, etc. 
     

  • Contar con la documentación: Dentro del protocolo, cada comprador encontrará el listado de los documentos necesarios; así como el acuerdo que regulará la relación entre ellos y la firma de abogados y el constructor.

 7. ¿Dónde se puede consultar más información?

 

En este sitio web del Proyecto Aquarela se estará compartiendo actualizaciones sobre el proceso y se contará con un espacio para ir dando respuesta a posibles inquietudes. Para más información también se puede consultar las memorias del segundo encuentro de compradores haciendo clic aquí 

8. ¿Qué se debe hacer si se tienen inquietudes sobre la acción de grupo? 

Todas las inquietudes o preguntas deben ser remitidas al correo: cmaquarela@gmail.com, especificando nombre, cédula y la torre en la que se encuentra la vivienda adquirida.  Para consulta de todos los interesados esta información se publicará en esta sección. 

Proceso Acción de Grupo.png
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